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La nueva Ley de Servicios Sociales de Andalucía blindará los derechos de la ciudadanía

La nueva Ley de Servicios Sociales de Andalucía blindará los derechos de la ciudadaníaУ вашего броузера проблема в совместимости с HTML5
La nueva Ley de Servicios Sociales de Andalucía blindará los derechos de la ciudadanía. El proyecto normativo, pionero en España, garantiza por primera vez las coberturas básicas y recoge la creación de la Tarjeta Social Digital. 12/01/2016 El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de Ley de Servicios Sociales, norma pionera en España que convertirá a Andalucía en la primera comunidad autónoma que blinda con rango legal las coberturas básicas en esta materia, además de establecer nuevos derechos como la libre elección. El texto, que será remitido al Parlamento andaluz para su aprobación definitiva, ha contado con 2.119 aportaciones de corporaciones locales, consejerías de la Junta, colegios profesionales, agentes económicos y sociales, y otras organizaciones de la sociedad civil. Sus objetivos principales se dirigen a prevenir, dar cobertura y atender las necesidades individuales y sociales básicas de las personas en su medio; mejorar su bienestar y proteger de manera especial a aquellas que se encuentran en situación de abandono, exclusión social o gran necesidad. La futura ley, que sustituirá a la vigente desde 1988, introduce como principales novedades la ampliación de derechos; el establecimiento de un catálogo de prestaciones básicas garantizadas, que podrán ser exigibles por la ciudadanía; la creación de la Historia Social y de la Tarjeta Social Digital para cada persona, y la constitución del Comité de Ética de los Servicios Sociales de Andalucía. En relación con los nuevos derechos, la persona usuaria podrá decidir su propia intervención y deberá disponer de un profesional de referencia que garantice el carácter integral y la continuidad de la atención. Este profesional realizará la valoración, el diagnóstico y la prescripción facultativa de las prestaciones y recursos necesarios, además de ayudar a la ciudadanía en la toma de decisiones. La norma también establece, por primera vez, el derecho de la persona a dejar constancia de su voluntad anticipada sobre los recursos que quiere recibir en previsión de una futura limitación de su capacidad de obrar. Junto a ello se incluye el de disponer de información veraz, suficiente y fácilmente comprensible. Respecto al catálogo de prestaciones garantizadas, estas tendrán la consideración de derecho subjetivo y, por tanto, podrán ser exigidas ante los tribunales de justicia. Formarán parte de esta lista, al menos, los servicios de información, valoración, orientación y asesoramiento; los específicos de protección de menores en situaciones de riesgo o desamparo; los programas de intervención social y su seguimiento; la teleasistencia; la atención en urgencia social; las prestaciones económicas específicas y directas contra la exclusión y para la erradicación de la marginación y la desigualdad; la protección y amparo de las víctimas de violencia de género y trata, y la protección jurídica y social de personas con capacidad limitada. Asimismo, entre las prestaciones garantizadas, la ley incluirá las vinculadas a los servicios sociales y ayudas económicas derivadas de la Ley de Atención a la Dependencia. Actualmente, la comunidad autónoma concentra el 23,61% de todas estas prestaciones en el conjunto de España y el 22,77% de las personas beneficiarias. Junto a la relación de prestaciones garantizadas, el proyecto prevé otras condicionadas a la disponibilidad de recursos y a un orden de prelación establecido objetivamente, que se proporcionarán en función de las necesidades detectadas. http://www.juntadeandalucia.es/presidencia/portavoz/sociedad/108192/consejo/gobierno/proyecto/ley/de/servicios/sociales/andalucia/junta
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